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Ley 24.561

VigenteNacional

Día del Inmigrante Italiano: 3 de junio

Sanción:20 de septiembre de 1995Promulgación:12 de octubre de 1995BO:19 de octubre de 1995Ver fuente oficial
3artículos
conmemoracionesinmigraci├│n italianaefem├®rides nacionalesManuel Belgranocolectividades
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de tres art├¡culos. El art├¡culo 1 instituye el 3 de junio de cada a├▒o como D├¡a del Inmigrante Italiano. El art├¡culo 2 explicita el fundamento de la fecha elegida: es un homenaje a Manuel Belgrano, General de la Naci├│n, creador de la ense├▒a patria y descendiente de italianos, nacido el 3 de junio de 1770. El art├¡culo 3 es la cl├íusula de forma. La ley no declara feriado ni asueto, no delega la organizaci├│n de actos en ning├║n organismo y no fija sanciones: agota su contenido en la designaci├│n de la efem├®ride, con el efecto jur├¡dico propio de haberla establecido por ley del Congreso y no por un revocable. Fue promulgada por el Decreto 572/1995 del 12 de octubre de 1995, que se limit├│ a tener por Ley de la Naci├│n al proyecto sancionado, sin observar ning├║n art├¡culo.

Objetivo

Reconocer institucionalmente el aporte de la inmigraci├│n italiana a la Argentina fijando una fecha nacional de conmemoraci├│n, y anclarla en una figura que condensa ese aporte: Manuel Belgrano, hijo de un comerciante italiano y creador de la bandera.

Problema que resuelve

El aporte de la colectividad italiana a la formaci├│n demogr├ífica, econ├│mica y cultural de la Argentina no ten├¡a una fecha nacional de reconocimiento. Las celebraciones depend├¡an de iniciativas de las asociaciones de la colectividad o de decisiones administrativas puntuales, sin una efem├®ride estable que las escuelas y los organismos p├║blicos pudieran tomar como referencia.

A quiénes alcanza

colectividad italiana en la Argentinaasociaciones y sociedades italianascomunidad educativaorganismos p├║blicos que organizan actos conmemorativosdescendientes de inmigrantes italianos
Análisis jurídico

Obligaciones

  • •El 3 de junio queda fijado por ley como D├¡a del Inmigrante Italiano: ning├║n organismo del Estado puede trasladarlo, reemplazarlo ni suprimirlo por v├¡a administrativa, porque para cambiarlo hace falta otra ley del Congreso
  • •Los organismos con en educaci├│n y en cultura son los que traducen la conmemoraci├│n en actos oficiales y contenidos escolares, aunque la ley no se lo ordene expresamente a ninguno en particular

Derechos que reconoce

  • •La colectividad italiana y las instituciones educativas cuentan con una efem├®ride de alcance nacional establecida por ley ÔÇöy no por un revocableÔÇö para reconocer el aporte de la inmigraci├│n italiana
  • •La conmemoraci├│n no impone deberes a trabajadores ni empleadores: no es feriado, no genera asueto y no altera la jornada laboral

Casos de uso

  • •Una escuela planifica una jornada alusiva al aporte de la inmigraci├│n italiana para el 3 de junio
  • •Una asociaci├│n italiana organiza su acto anual invocando la efem├®ride nacional
  • •Un municipio dicta una ordenanza adhiriendo a la conmemoraci├│n nacional
  • •Un organismo p├║blico prepara material institucional sobre las colectividades y necesita la fecha oficial
  • •Un empleador consulta si el 3 de junio corresponde otorgar franco a los empleados de origen italiano

Preguntas frecuentes

No. La Día del Inmigrante Italiano instituye el Día del Inmigrante Italiano, que es una conmemoración, no un feriado ni un día no laborable. No suspende actividades, no genera asueto y no altera la . Los feriados nacionales se establecen por otras normas específicas y esta ley no modifica ninguna de ellas.