Ley 24.573

Artículo 26Notificación al Ministerio

Texto oficial

Iniciada la o la ejecución del acuerdo transaccional, el juez notificará de ello al Ministerio de Justicia de la Nación, a fin de que promueva la percepción de las multas, según el procedimiento de . De la misma forma se procederá con relación al recupero del honorario básico del mediador, una vez que se haya decidido la imposición de costas del proceso. HONORARIOS DE LOS LETRADOS DE LAS PARTES

Qué significa en la práctica

Iniciada la o la ejecución, el juez notifica al Ministerio de Justicia para el cobro de multas y del honorario básico.

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