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Ley 24.627

Parcialmente vigenteNacional

Reformas a la Ley de Entidades Financieras: reestructuraci├│n, liquidaci├│n y quiebra de bancos

Sanción:21 de febrero de 1996Promulgación:11 de marzo de 1996BO:18 de marzo de 1996Ver fuente oficial
▸1 reforma — ver historial
1996Texto original
2003Ley 25.780vigente

La Ley 25.780 reform├│ otra vez la Ley de Entidades Financieras y desplaz├│ parte de lo que hab├¡a escrito la Ley 24.627: derog├│ el inciso d) del art├¡culo 49 -el privilegio especial de los depositantes hasta cinco mil pesos por persona-, sustituy├│ el inciso e) elevando a cincuenta mil pesos el tramo protegido y fijando un orden de prelaci├│n interno, e incorpor├│ el art├¡culo 35 ter. Tambi├®n quedaron reemplazados los art├¡culos 44, 50 y 53 en su redacci├│n de 1996. El resto de la reforma de la Ley 24.627 -la radicaci├│n de los juicios ante un solo juez, el r├®gimen de las transferencias de activos y pasivos excluidos, la responsabilidad de auditor├¡as externas y calificadoras de riesgo, y los art├¡culos 45, 46, 51 inciso d), 52 y 56- sigue siendo el texto vigente de la Ley 21.526.

4artículos
1modif.
entidades financierasreestructuración bancarialiquidación judicialquiebraprivilegios de los depositantesBanco Central de la República Argentinaauditorías externascalificadoras de riesgo
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Es una de las leyes que quedaron del efecto Tequila. La crisis financiera de 1995 mostr├│ que el procedimiento para cerrar o reestructurar un banco no funcionaba: los juicios contra la entidad se dispersaban en decenas de juzgados, los embargos de cualquier acreedor pod├¡an frenar la venta de la cartera sana, los compradores de esos activos quedaban expuestos a acciones de los acreedores del banco vendedor, y el reparto de lo que quedaba entre depositantes, trabajadores y el Banco Central de la Rep├║blica Argentina era confuso. La Reforma bancaria de 1996 corrigi├│ esos puntos uno por uno sobre el texto de la Ley de Entidades Financieras. Los ejes: unidad de juez y de proceso (todo lo patrimonial va al juez que dispuso la intervenci├│n); protecci├│n de las transferencias de activos y pasivos excluidos, que no necesitan autorizaci├│n judicial, no pueden declararse ineficaces frente a los acreedores del banco y no admiten embargos ni ejecuciones -con las excepciones del cr├®dito hipotecario, prendario y laboral-; responsabilidad de auditores externos y calificadoras de riesgo, que quedan sujetos a las mismas sanciones que la entidad; y un orden de privilegios m├ís claro, con un privilegio especial para los depositantes hasta cinco mil pesos y un privilegio general por el resto, siempre detr├ís de los cr├®ditos laborales.

Objetivo

Dotar al Banco Central de la Rep├║blica Argentina y a los jueces de un procedimiento previsible para reestructurar, liquidar o llevar a la quiebra a una entidad financiera, protegiendo la continuidad de los dep├│sitos y evitando que acciones individuales de acreedores bloqueen la salida ordenada de un banco en crisis.

Problema que resuelve

Despu├®s de la corrida bancaria de 1995 qued├│ a la vista que el marco vigente no permit├¡a cerrar un banco sin destruir valor. Los juicios se repart├¡an en muchos juzgados, cualquier acreedor pod├¡a trabar embargos sobre los activos que el Banco Central quer├¡a transferir a otra entidad para salvar los dep├│sitos, los adquirentes de esos activos pod├¡an ser demandados despu├®s por los acreedores del banco vendedor, y los depositantes compet├¡an sin un orden claro con el resto de los acreedores. Adem├ís, los auditores externos y las calificadoras de riesgo -que hab├¡an certificado balances de entidades que despu├®s colapsaron- no estaban alcanzados por el r├®gimen sancionatorio.

A quiénes alcanza

DepositantesEntidades financierasBanco Central de la Rep├║blica ArgentinaTrabajadores de entidades financierasAuditores externosSociedades calificadoras de riesgoJueces comerciales
Análisis jurídico

Obligaciones

  • •Todos los juicios de contenido patrimonial que afecten activos o pasivos excluidos deben radicarse ante el juez que dispuso la intervenci├│n judicial de la entidad.
  • •El juez debe ordenar el inmediato levantamiento de los embargos e inhibiciones generales trabados sobre los activos excluidos.
  • •Los auditores externos, las sociedades calificadoras de riesgo y quienes produzcan informes t├®cnicos en infracci├│n a las normas de su profesi├│n quedan sujetos a las sanciones del art├¡culo 41 de la Ley de Entidades Financieras.
  • •Desde la notificaci├│n de la revocaci├│n de la autorizaci├│n para funcionar y hasta que el juez resuelva, son nulos los compromisos que aumenten el pasivo de la entidad.
  • •Los jueces deben rechazar los pedidos de quiebra de una entidad financiera formulados por causales comunes y dar intervenci├│n al Banco Central de la Rep├║blica Argentina.

Derechos que reconoce

  • •Los depositantes ten├¡an un privilegio especial, exclusivo y excluyente sobre los fondos de encaje y dem├ís fondos de la entidad liquidada, hasta cinco mil pesos por persona, y un privilegio general por el resto de sus acreencias.
  • •Los cr├®ditos laborales privilegiados del art├¡culo 268 de la Ley de Contrato de Trabajo cobran antes que el Banco Central de la Rep├║blica Argentina y antes que los depositantes.
  • •Los adquirentes de activos excluidos quedan a salvo de acciones de los acreedores de la entidad enajenante, salvo privilegios especiales sobre bienes determinados.
  • •Las autoridades legales o estatutarias de la entidad pueden pedirle al juez administrar ellas mismas el cese de actividad o la liquidaci├│n, si ofrecen garant├¡as suficientes y el Banco Central de la Rep├║blica Argentina presta conformidad.

Casos de uso

  • •Entender qu├® pasa con los dep├│sitos y con los juicios cuando el Banco Central de la Rep├║blica Argentina interviene o cierra un banco.
  • •Determinar el orden en que cobran trabajadores, depositantes y el Banco Central de la Rep├║blica Argentina en la liquidaci├│n de una entidad financiera.
  • •Analizar el r├®gimen de las transferencias de activos y pasivos excluidos, que es la herramienta central para salvar dep├│sitos sin liquidar todo el banco.
  • •Establecer la responsabilidad de auditores externos y calificadoras de riesgo por informes emitidos en infracci├│n a las normas de su profesi├│n.

Preguntas frecuentes

Cuando un banco entra en crisis, el Banco Central de la Rep├║blica Argentina puede separar una parte de su patrimonio -t├¡picamente los dep├│sitos y los cr├®ditos sanos- y transferirla a otra entidad, para que los depositantes no pierdan su dinero y el negocio siga funcionando. Esa porci├│n separada es lo que la ley llama activos y pasivos excluidos. La Reforma bancaria de 1996 le dio a esa operaci├│n un r├®gimen propio, blindado frente a embargos y acciones de los acreedores del banco original.