Ley 24.635

Artículo 22Homologación

Texto oficial

El acuerdo se someterá a la homologación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el que la otorgará cuando entienda que el mismo implica una justa composición del derecho y de los intereses de las partes conforme a lo previsto en el art.15 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Qué significa en la práctica

El acuerdo se somete a la homologación del Ministerio de Trabajo, que la otorga si implica una justa composición de derechos.

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