Resumen ejecutivo
Ley aprobatoria de un acuerdo bilateral de cooperaci├│n nuclear. Dos art├¡culos propios: el de aprobaci├│n y el de comunicaci├│n al Poder Ejecutivo. El contenido sustantivo ÔÇölas ├íreas de cooperaci├│n, el uso exclusivamente pac├¡fico de los materiales y tecnolog├¡as, el intercambio de expertos y de informaci├│n y las salvaguardias aplicablesÔÇö est├í en los doce art├¡culos del acuerdo, publicados como anexo. Llama la atenci├│n la distancia entre la firma, en 1986, y la aprobaci├│n legislativa, diez a├▒os despu├®s.Objetivo
Establecer un marco jurídico estable para la cooperación argentino-guatemalteca en usos pacíficos de la energía nuclear: aplicaciones en medicina, agricultura, industria e investigación, con el compromiso expreso de no destinarlas a fines militares.Problema que resuelve
La tecnolog├¡a nuclear es de doble uso: la misma que sirve para producir radiois├│topos m├®dicos puede derivar en un desarrollo militar. Por eso la cooperaci├│n entre pa├¡ses en esta materia no puede quedar librada a acuerdos informales entre organismos: necesita un tratado que fije las ├íreas habilitadas, el destino exclusivamente pac├¡fico y los controles aplicables.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes