Volver al listado

Tratado 24.646

VigenteTratadoNacional

Acuerdo con Canadá para la cooperación en los usos pacíficos de la energía nuclear

Sanción:29 de mayo de 1996Promulgación:26 de junio de 1996BO:28 de junio de 1996Ver fuente oficial
2artículos
energía nuclearusos pacíficos de la energía nuclearcooperación con Canadásalvaguardias nuclearesno proliferaciónCentral Nuclear de Embalsepolítica exterior
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Canadá fue el proveedor de la tecnología de agua pesada con la que funciona la Central Nuclear de Embalse, en Córdoba, de modo que la relación nuclear entre los dos países es de larga data. Esta ley aprueba el acuerdo bilateral firmado en 1994, que ordena esa relación con las reglas de no proliferación que la Argentina venía adoptando en esos años: el Tratado de Tlatelolco (aprobado por la Tratado de Tlatelolco) y el Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares (aprobado por la Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP)). El texto del acuerdo, con sus cinco anexos, no forma parte del articulado de la ley: va como anexo.

Objetivo

Dar rango legal al Acuerdo de cooperación nuclear con Canadá de 1994, para que el intercambio de materiales, equipos, tecnología e información nuclear entre ambos Estados tenga un marco jurídico expreso y sujeto a salvaguardias.

Problema que resuelve

Sin un tratado aprobado por ley, la cooperación nuclear entre dos Estados queda librada a acuerdos administrativos sin jerarquía normativa y sin garantías verificables de uso pacífico. Eso complica tanto la provisión de combustible y repuestos para las centrales como la aceptación internacional del programa nuclear argentino.

A quiénes alcanza

Estado nacional argentinoComisión Nacional de Energía AtómicaAutoridad Regulatoria Nuclearempresas del sector nuclear que operan con contrapartes canadiensesMinisterio de Relaciones Exteriores
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado nacional debe destinar el material, el equipo y la tecnolog├¡a recibidos de Canad├í exclusivamente a fines pac├¡ficos y no explosivos.
  • El Estado nacional debe someter ese material y ese equipo a las salvaguardias previstas en el acuerdo.
  • Los organismos del sector nuclear deben encuadrar sus contratos con contrapartes canadienses en las condiciones del acuerdo aprobado.

Derechos que reconoce

  • La Rep├║blica Argentina puede recibir de Canad├í material, equipos, tecnolog├¡a e informaci├│n nuclear dentro del marco acordado.
  • Los organismos y las empresas del sector nuclear pueden invocar el acuerdo como base jur├¡dica de la cooperaci├│n con contrapartes canadienses.

Casos de uso

  • Compra de componentes o repuestos canadienses para la Central Nuclear de Embalse.
  • Proyectos conjuntos de investigaci├│n entre la Comisi├│n Nacional de Energ├¡a At├│mica y organismos canadienses.
  • Acreditaci├│n ante terceros pa├¡ses del car├ícter pac├¡fico y salvaguardado de la cooperaci├│n nuclear argentina.

Preguntas frecuentes

Aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de Canadá para la cooperación en los usos pacíficos de la energía nuclear, firmado el 21 de junio de 1994. Ese acuerdo tiene doce artículos y cinco anexos, y va como anexo de la ley: no forma parte de sus dos artículos.