La retribución del trabajo del interno, deducidos los aportes correspondientes a la seguridad social, se distribuirá simultáneamente en la forma siguiente:
a) 10 % para indemnizar los daños y perjuicios causados por el , conforme lo disponga la ;
b) 35 % para la prestación de alimentos, según el Código Civil;
c) 25 % para costear los gastos que causare en el establecimiento;
d) 30 % para formar un fondo propio que se le entregará a su salida.
Qué significa en la práctica
La retribución, deducida la seguridad social, se reparte: 10% para indemnizar los daños del , 35% para alimentos, 25% para gastos del establecimiento y 30% para un fondo propio que se entrega al egreso.