Ley 24.660

Artículo 80Orden y disciplina

Texto oficial

— El orden y la disciplina se mantendrán con decisión y firmeza. No se impondrán más restricciones que las indispensables para mantener la seguridad y la correcta organización de la vida de los alojados, de acuerdo al tipo de establecimiento y al régimen en que se encuentra incorporado el interno.

Qué significa en la práctica

El orden y la disciplina se mantienen con firmeza, sin más restricciones que las indispensables para la seguridad y la organización, según el tipo de establecimiento y el régimen del interno.

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