El artículo 1 de la Ley 24.762 (Boletín Oficial del 10 de enero de 1997) sustituyó el artículo 2 de esta ley. La redacción original disponía que las deudas y obligaciones originadas por el Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento entre el 1 de julio de 1995 y la entrada en vigencia de la ley debían ser canceladas por el Estado nacional «y cumplimentadas por las Provincias dentro del curso del corriente año 1996». El texto vigente identifica el Pacto Federal como el del 12 de agosto de 1993 y fija el plazo de cancelación a cargo del Estado nacional hasta el 10 de enero de 1997.
Resumen ejecutivo
El Pacto Federal para el Empleo, la Producci├│n y el Crecimiento, firmado el 12 de agosto de 1993 e instrumentado por el Decreto 1807/93, comprometi├│ a las provincias a eliminar tributos distorsivos y a la Naci├│n a garantizarles un piso mensual de transferencias: setecientos cuarenta millones de pesos, seg├║n el apartado 8 de la Cl├íusula Segunda de su Anexo I. Esa garant├¡a ten├¡a fecha de vencimiento. La Pr├│rroga de la garant├¡a del Pacto Federal (Aportes del Tesoro Nacional) la prorroga con efecto retroactivo al 1 de julio de 1995 ÔÇöes decir, cubre el hueco que se hab├¡a producidoÔÇö y agrega una regla operativa que las provincias reclamaban: las sumas deben liquidarse y transferirse mensualmente dentro de los diez d├¡as del mes siguiente, y no cuando la Naci├│n disponga. El art├¡culo 2 fija plazo para cancelar las deudas ya originadas por el Pacto Federal; su redacci├│n fue despu├®s modificada por la Ley 24.762. El art├¡culo 3, que ordenaba girar los Aportes del Tesoro Nacional destinados a municipios y comunas directamente a sus tesorer├¡as, salteando a las provincias, fue observado ├¡ntegramente por el Decreto 880 del 29 de julio de 1996: para el Poder Ejecutivo, son las provincias las facultadas para convenir con la Naci├│n los reg├¡menes de coparticipaci├│n, y el giro directo alteraba el art├¡culo 5 de la Coparticipacion Federal de Impuestos.Objetivo
Prorrogar la garantía mínima de transferencias a las provincias prevista en el Pacto Federal, fijar un plazo cierto para su liquidación mensual y ordenar la cancelación de las deudas pendientes del pacto.Problema que resuelve
La garant├¡a de setecientos cuarenta millones de pesos hab├¡a caducado y las provincias quedaron sin el piso de transferencias que hab├¡an negociado a cambio de eliminar impuestos provinciales. Adem├ís, no hab├¡a plazo cierto para las liquidaciones ni para la cancelaci├│n de las deudas acumuladas desde julio de 1995, lo que dejaba a las provincias financiando el desfasaje.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes