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Ley 24.716

VigenteNacional

Licencia especial y asignación familiar para la madre trabajadora por el nacimiento de un hijo con síndrome de Down

Sanción:2 de octubre de 1996Promulgación:23 de octubre de 1996BO:25 de octubre de 1996Ver fuente oficial
5artículos
licencias laboralesmaternidadsíndrome de Downdiscapacidadasignaciones familiaresconservación del empleo
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley breve, de cinco art├¡culos, con un beneficio muy definido. El art├¡culo 1 otorga a la madre trabajadora en relaci├│n de dependencia, por el nacimiento de un hijo con s├¡ndrome de Down, el derecho a seis meses de licencia sin goce de que empiezan a correr desde el vencimiento del per├¡odo de prohibici├│n de trabajo por maternidad. El art├¡culo 2 exige, como ├║nico requisito, que la trabajadora comunique fehacientemente el diagn├│stico al empleador con certificado m├®dico expedido por autoridad sanitaria oficial, al menos quince d├¡as antes de que venza esa . El art├¡culo 3 dispone que durante los seis meses la trabajadora perciba una asignaci├│n familiar de monto igual a la remuneraci├│n que habr├¡a percibido si hubiera prestado servicios, en las mismas condiciones y con los mismos requisitos que la asignaci├│n por maternidad. El art├¡culo 4 aclara que la ley no deroga los mayores derechos reconocidos por disposiciones legales o convencionales vigentes, y el art├¡culo 5 es la cl├íusula de forma. Tres precisiones ordenan la lectura. La primera es sobre el encadenamiento de plazos: la de la Ley de Contrato de Trabajo proh├¡be el trabajo durante los cuarenta y cinco d├¡as anteriores y los cuarenta y cinco posteriores al parto, con opci├│n de reducir el tramo previo a treinta d├¡as y acumular el resto al posterior; los seis meses de esta ley empiezan a correr reci├®n cuando ese per├¡odo termina, de modo que la trabajadora puede llegar a estar fuera de su puesto cerca de siete meses y medio contados desde el parto. La segunda es sobre el dinero, que es donde m├ís confusi├│n se genera: "sin goce de " describe la relaci├│n con el empleador ÔÇöno hay servicios ni ÔÇö pero no significa quedarse sin ingresos, porque el art├¡culo 3 reconoce una asignaci├│n familiar equivalente a la remuneraci├│n, que paga el sistema de asignaciones familiares y no la empresa; la Administraci├│n Nacional de la Seguridad Social dict├│ en 2005 la resoluci├│n que fija la operatoria de pago. Al no ser remuneraci├│n, no est├í sujeta a aportes ni contribuciones ni al impuesto a las ganancias, igual que la asignaci├│n por maternidad. La tercera es sobre el alcance, que la ley define de manera estrecha: alcanza a la madre y no al padre, a la trabajadora en relaci├│n de dependencia y no a la aut├│noma o monotributista, al nacimiento y no a la adopci├│n, y al s├¡ndrome de Down y no a la discapacidad en general. Esa delimitaci├│n se explica por el momento en que se sancion├│ y ha sido criticada desde entonces; el art├¡culo 4 deja abierta la puerta para que un , un estatuto profesional o un r├®gimen de licencias de la administraci├│n p├║blica reconozcan m├ís. Antes de concluir que un caso no est├í cubierto, conviene revisar el convenio aplicable a la actividad. La ley se promulg├│ ├¡ntegramente por el Decreto 1193/96, sin observaciones, y la reforma laboral de 2026 no la derog├│ ni la modific├│.

Objetivo

Permitir que la madre trabajadora acompa├▒e a su hijo reci├®n nacido con s├¡ndrome de Down durante los primeros meses de vida, sin perder el empleo ni el ingreso, extendiendo por seis meses la ausencia del puesto de trabajo a continuaci├│n de la y cubri├®ndola con una asignaci├│n familiar equivalente al .

Problema que resuelve

La de la Ley de Contrato de Trabajo termina a los cuarenta y cinco d├¡as del parto ÔÇösesenta si la trabajadora opt├│ por reducir el tramo previoÔÇö, un plazo pensado para la recuperaci├│n del parto y los primeros cuidados de un reci├®n nacido sin complicaciones. Un beb├® con s├¡ndrome de Down suele necesitar en esos mismos meses controles cardiol├│gicos, estudios, seguimiento nutricional y el inicio de la estimulaci├│n temprana, que es justamente el per├¡odo en que resulta m├ís eficaz. La madre quedaba entonces frente a una alternativa dura: volver a trabajar y resignar ese acompa├▒amiento, o pedir una excedencia sin cobrar nada, con el consiguiente golpe econ├│mico en el momento en que m├ís gastos aparecen. Tampoco hab├¡a una prestaci├│n que cubriera el ingreso. La ley resuelve las dos cosas a la vez: garantiza el puesto durante seis meses m├ís y reemplaza el por una asignaci├│n familiar del mismo monto, a cargo del sistema de seguridad social y no del empleador, para que el costo no recaiga sobre la empresa y no se convierta en un incentivo a no contratar mujeres.

A quiénes alcanza

madres trabajadoras en relaci├│n de dependenciaempleadores del r├®gimen de la Ley de Contrato de TrabajoAdministraci├│n Nacional de la Seguridad Socialfamilias de personas con s├¡ndrome de Downsindicatos y comisiones internas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • •La trabajadora debe comunicar fehacientemente al empleador el diagn├│stico del reci├®n nacido, con certificado m├®dico expedido por autoridad sanitaria oficial, al menos quince d├¡as antes del vencimiento del per├¡odo de prohibici├│n de trabajo por maternidad
  • •El empleador debe conservar el puesto de trabajo durante los seis meses de licencia
  • •El sistema de asignaciones familiares debe abonar durante la licencia una asignaci├│n de monto igual a la remuneraci├│n que la trabajadora habr├¡a percibido, en las mismas condiciones y con los mismos requisitos que la asignaci├│n por maternidad

Derechos que reconoce

  • •La madre trabajadora en relaci├│n de dependencia tiene derecho a seis meses de licencia por el nacimiento de un hijo con s├¡ndrome de Down, contados desde el vencimiento del per├¡odo de prohibici├│n de trabajo por maternidad
  • •Durante esos seis meses tiene derecho a percibir una asignaci├│n familiar de monto igual a la remuneraci├│n que habr├¡a cobrado de haber prestado servicios
  • •Los mayores derechos reconocidos por otras disposiciones legales o por convenios colectivos vigentes no quedan derogados y prevalecen sobre este piso

Casos de uso

  • •Una trabajadora cuyo hijo nace con s├¡ndrome de Down necesita saber cu├ínto tiempo puede ausentarse y si va a cobrar
  • •Un ├írea de recursos humanos debe liquidar y encuadrar la licencia y organizar el reemplazo
  • •Un revisa si el convenio de la actividad mejora el piso legal
  • •Un abogado laboralista eval├║a un reclamo por desconocimiento de la licencia

Preguntas frecuentes

Seis meses, y empiezan a correr el día en que vence el período de prohibición de trabajo por maternidad, es decir cuando termina la de la Ley de Contrato de Trabajo. Esa licencia cubre los cuarenta y cinco días anteriores y los cuarenta y cinco posteriores al parto, con la opción de reducir el tramo previo a treinta días y acumular el resto al posterior. Encadenando ambos períodos, la trabajadora puede estar fuera de su puesto alrededor de siete meses y medio contados desde el parto.