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Tratado 24.723

VigenteTratadoNacional

Aprobaci├│n del Acuerdo de Cooperaci├│n Cient├¡fico-T├®cnica con la Rep├║blica de Turqu├¡a

Sanción:23 de octubre de 1996Promulgación:15 de noviembre de 1996BO:19 de noviembre de 1996Ver fuente oficial
2artículos
cooperaci├│n cient├¡ficacooperaci├│n t├®cnicaTurqu├¡atratados bilateralesintercambio de investigadores
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de dos art├¡culos que le da rango legal a un acuerdo bilateral de cooperaci├│n cient├¡fica y t├®cnica con Turqu├¡a. La Argentina no puede obligarse por un tratado s├│lo con la firma del Poder Ejecutivo: el art├¡culo 75 inciso 22 de la Constituci├│n exige que el Congreso lo apruebe. Esta ley es ese paso. El texto del acuerdo no est├í en el articulado de la ley: va como anexo, en fotocopia autenticada en espa├▒ol e ingl├®s.

Objetivo

Completar el tr├ímite constitucional de aprobaci├│n legislativa para que el Acuerdo de Cooperaci├│n Cient├¡fico-T├®cnico con Turqu├¡a, suscripto el 4 de abril de 1995, pueda entrar en vigor y obligar internacionalmente a la Argentina.

Problema que resuelve

Un acuerdo internacional firmado por el Poder Ejecutivo no rige por sí solo. Sin la ley aprobatoria del Congreso, la cooperación científica pactada con Turquía queda como una declaración de intenciones sin efecto jurídico y sin base para financiar o formalizar proyectos conjuntos.

A quiénes alcanza

organismos públicos de ciencia y tecnologíauniversidades e institutos de investigacióninvestigadores y becariosMinisterio de Relaciones Exteriores
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado internacionalmente a cumplir el Acuerdo una vez que ├®ste entra en vigor conforme a sus propias cl├íusulas.
  • El Poder Ejecutivo debe canalizar la cooperaci├│n cient├¡fico-t├®cnica con Turqu├¡a por los mecanismos que el propio acuerdo establece.

Derechos que reconoce

  • Los organismos de ciencia y tecnolog├¡a argentinos pueden invocar el acuerdo como marco jur├¡dico para acordar intercambios y proyectos con contrapartes turcas.
  • Investigadores y becarios pueden acceder a los programas de intercambio que se instrumenten bajo el acuerdo.

Casos de uso

  • Un instituto de investigaci├│n argentino que quiere firmar un convenio espec├¡fico con una universidad turca y necesita el marco bilateral que lo respalde.
  • Un investigador que solicita una beca de intercambio encuadrada en la cooperaci├│n cient├¡fica con Turqu├¡a.
  • Una consulta sobre qu├® tratados de cooperaci├│n cient├¡fica tiene vigentes la Argentina con Turqu├¡a.

Preguntas frecuentes

Aprueba un acuerdo internacional. Con esa aprobaci├│n el Congreso completa el requisito del art├¡culo 75 inciso 22 de la Constituci├│n Nacional para que el Acuerdo de Cooperaci├│n Cient├¡fico-T├®cnico con Turqu├¡a, firmado el 4 de abril de 1995, pueda obligar a la Argentina.