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Tratado 24.728

VigenteTratadoNacional

Aprobaci├│n del Acuerdo con el Gobierno de Australia sobre Promoci├│n y Protecci├│n de Inversiones

Sanción:7 de noviembre de 1996Promulgación:2 de diciembre de 1996BO:5 de diciembre de 1996Ver fuente oficial
2artículos
inversiones extranjerastratados bilaterales de inversi├│nAustraliaarbitraje internacionalexpropiaci├│n
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de dos artículos que le da rango legal a un tratado bilateral de inversiones con Australia. Los acuerdos de este tipo, que la Argentina firmó con decenas de países entre 1990 y 1996, comprometen al Estado receptor a dar a las inversiones extranjeras un trato no menos favorable que a las nacionales, a no expropiarlas sin indemnización pronta y adecuada y a permitir la transferencia de utilidades al exterior. El texto del acuerdo no está en el articulado de la ley: va como anexo, en fotocopia autenticada.

Objetivo

Completar el trámite constitucional de aprobación legislativa para que el Acuerdo con Australia sobre Promoción y Protección de Inversiones, suscripto el 23 de agosto de 1995, pueda entrar en vigor y obligar internacionalmente a la Argentina.

Problema que resuelve

Sin un acuerdo de este tipo, un inversor extranjero sólo puede reclamar por la vía de los tribunales locales del país que lo perjudica y no tiene garantías de trato ni de transferencia de fondos escritas en un tratado. Esa incertidumbre encarece o directamente frena la inversión cruzada entre los dos países.

A quiénes alcanza

inversores australianos en la Argentinainversores argentinos en Australiaempresas con participaci├│n de capital australianoabogados de derecho internacional de las inversionesEstado nacional como parte demandada en arbitrajes
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado internacionalmente a otorgar a las inversiones australianas el trato y las garant├¡as que fija el acuerdo.
  • La Argentina no puede expropiar ni nacionalizar una inversi├│n australiana sin una indemnizaci├│n pronta, adecuada y efectiva, y por causa de utilidad p├║blica y de forma no discriminatoria.
  • El Estado debe permitir la transferencia al exterior de capital, utilidades e indemnizaciones vinculadas a esas inversiones.
  • La Argentina acepta someterse a internacional en las controversias que el acuerdo prev├®.

Derechos que reconoce

  • Los inversores australianos en la Argentina tienen derecho a un trato justo y equitativo y no menos favorable que el otorgado a inversores nacionales o de terceros pa├¡ses.
  • Los inversores argentinos en Australia gozan de las mismas garant├¡as del lado australiano: el acuerdo es rec├¡proco.
  • Los inversores pueden llevar la controversia a internacional en lugar de quedar limitados a los tribunales del Estado receptor.
  • El derecho a transferir al exterior utilidades, capital e indemnizaciones queda garantizado por tratado.

Casos de uso

  • Una empresa australiana que eval├║a invertir en la Argentina y necesita saber qu├® protecciones tiene su capital.
  • Un inversor argentino en Australia que quiere transferir utilidades y consulta qu├® garant├¡as le da el tratado.
  • Un abogado que analiza si una controversia con el Estado puede llevarse a internacional bajo este acuerdo.
  • Una consulta sobre qu├® tratados bilaterales de inversi├│n tiene vigentes la Argentina.

Preguntas frecuentes

Aprueba un tratado bilateral de inversiones. Con esa aprobación el Congreso completa el requisito del artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional para que el Acuerdo con Australia sobre Promoción y Protección de Inversiones, firmado en Canberra el 23 de agosto de 1995, pueda obligar a la Argentina. El acuerdo entró en vigor el 11 de enero de 1997.