Resumen ejecutivo
Ley de tres artículos con un efecto reparatorio muy concreto. La Ley 23.278, sancionada en 1985, había reconocido que a quien perdió el trabajo por razones políticas o gremiales durante los años de persecución no se le podían descontar esos años de aportes: el período de inactividad se computa igual a los fines previsionales. Esa ley había perdido vigencia, y la 24.736 la reimplanta. El segundo artículo agrega lo que en la práctica más importa: el reconocimiento se pide ante la Administración Nacional de la Seguridad Social y no tiene plazo de prescripción, de modo que quien no reclamó a tiempo no pierde el derecho.Objetivo
Restablecer la vigencia de la Ley 23.278 y eliminar el plazo de prescripción para pedir el reconocimiento del período de inactividad, unificando el trámite ante la Administración Nacional de la Seguridad Social.Problema que resuelve
La Ley 23.278 hab├¡a dejado de regir, de modo que quien no hab├¡a alcanzado a hacer el reclamo en su momento quedaba sin la v├¡a para que se le computaran los a├▒os en que no pudo trabajar por haber sido cesanteado, declarado prescindible, forzado a renunciar o empujado al exilio por razones pol├¡ticas o gremiales. Sin ese c├│mputo, esas personas llegaban a la edad jubilatoria con a├▒os de aportes faltantes que no eran su responsabilidad.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes