Ley 24.767

Artículo 108Solicitud ante el juez de ejecución

Texto oficial

La solicitud deberá ser presentada ante el juez de ejecución. La decisión de requerir la asistencia del país extranjero, será regido por las reglas de los artículos 62 y 65. CAPITULO 3 Condenas de multa, de de bienes, y de inhabilitación

Qué significa en la práctica

La solicitud se presenta ante el juez de ejecución; la decisión de requerir la asistencia del país extranjero se rige por las reglas de la extradición activa.

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