Texto oficial
Será
reprimido con prisión de dos (2) a seis (6) años el que de cualquier
modo sustrajere, suprimiere, ocultare, adulterare, modificare o
inutilizare los registros o soportes documentales o informáticos del
fisco nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
relativos a las obligaciones tributarias o de los recursos de la
seguridad social, con el propósito de disimular la real situación
fiscal de un obligado.