Ley 24.800

Artículo 23Presupuesto

Texto oficial

El Consejo de Dirección remitirá anualmente el proyecto de presupuesto del Instituto a la Secretaría de Cultura de la Nación, en los plazos que esta determine, y el mismo deberá contener las especificaciones de los gastos e inversiones en que se utilizarán las contribuciones del Tesoro nacional. Remanentes, recursos y uso del crédito.

Qué significa en la práctica

El consejo remite anualmente el proyecto de presupuesto a la Secretaría de Cultura, con las especificaciones de gastos e inversiones.

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