Se concederán los beneficios de la presente ley a los espectáculos que promuevan los valores de la cultura universal, así como aquellos emergentes de cooperación o convenios internacionales donde participe la República Argentina. Preferente atención se le prestara a las obras teatrales de autores nacionales y a los conjuntos que las pongan en escena.
Qué significa en la práctica
Concede los beneficios a los espectáculos que promuevan los valores de la cultura universal, con atención preferente a las obras de autores nacionales.