Ley 24.946

Artículo 34Procuración General

Texto oficial

La Procuración General de la Nación es la sede de actuación del Procurador General de la Nación, como fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y como jefe del Ministerio Público Fiscal. En dicho ámbito se desempeñarán los Procuradores Fiscales ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y todos los magistrados que colaboren con el Procurador General de la Nación, tanto en la tarea de dictaminar en los asuntos judiciales remitidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cuanto en los asuntos relativos al gobierno del Ministerio Público Fiscal, de conformidad con los planes, organigramas de trabajo y cometidos funcionales específicos que el Procurador General disponga encomendarles.

Qué significa en la práctica

La Procuración General de la Nación es la sede de actuación del Procurador General como fiscal ante la Corte y jefe del Ministerio Público Fiscal.

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