Ley 24.946

Artículo 47Adjuntos y fiscales de investigaciones

Texto oficial

Los Fiscales Generales Adjuntos de Investigaciones Administrativas y los Fiscales de Investigaciones Administrativas, asistirán al Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas, desempeñando las tareas propias de la fiscalía que este último les asigne.

Qué significa en la práctica

Los Fiscales Generales Adjuntos y los Fiscales de Investigaciones Administrativas asisten al Fiscal Nacional.

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