Ley 24.962

Artículo 7El Ej├®rcito Argentino, por s├¡ o por medio del organismo competente, no podr├í realizar nuevas

Texto oficial

El Ej├®rcito Argentino, por s├¡ o por medio del organismo competente, no podr├í realizar nuevas explotaciones y ├║nicamente deber├í continuar con los contratos suscriptos con terceros hasta su finalizaci├│n, los que no podr├ín ser renovados por ninguna causa.

Qué significa en la práctica

El Ej├®rcito Argentino, por s├¡ o por medio del organismo competente, no podr├í realizar nuevas explotaciones y ├║nicamente deber├í continuar con los contratos suscriptos con terceros hasta su finalizaci├│n, los que no podr├ín ser renovados por ninguna causa.

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