Los plazos en meses fijados en el presente Anexo se contarán desde la cero (0) hora del día en que se inicien y hasta la cero (0) hora del día en que finalicen.
Qué significa en la práctica
Aclara cómo se cuentan los plazos en meses del régimen: desde la cero hora del día de inicio hasta la cero hora del día de finalización.