El gasto que demande el cumplimiento
de la presente ley será atendido con cargo al presupuesto
del Poder Judicial de la Nación, para lo cual el Poder
Ejecutivo nacional procederá a la correspondiente ampliación
del crédito en la .
Qué significa en la práctica
El gasto se imputa al presupuesto del Poder Judicial de la Nación y el Poder Ejecutivo debe ampliar el crédito de esa para cubrirlo. Es decir: la plata sale de la partida del Poder Judicial, no de una partida nueva creada por esta ley.