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José de San Martín (Chubut), lugar histórico nacional
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Art. 2
Ley 25.008
Artículo 2
Comunicación al Poder Ejecutivo
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Texto oficial
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Qué significa en la práctica
Fórmula final de cierre: el Congreso comunica la ley sancionada al Poder Ejecutivo. No agrega contenido normativo.
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Art. 1 — Declara lugar histórico nacional a la localidad de José de San Martín (Chubut)
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Complementa a
Ley de Monumentos Históricos
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