Ley 25.031

Artículo 3Sede del Ente

Texto oficial

El Ente tendrá su asiento en la Ciudad de Buenos Aires -o la designación que en el futuro la autoridad competente le diera a dicha jurisdicción- o en la provincia de Buenos Aires.

Qué significa en la práctica

El Ente puede tener su asiento en la Ciudad de Buenos Aires o en la provincia de Buenos Aires. La alternativa refleja el carácter compartido del organismo: no se impone la sede a ninguna de las jurisdicciones.

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