Artículo 2Reducción de contribuciones patronales en 1999
Texto oficial
Durante el año calendario 1999 se harán efectivas disminuciones concernientes a la contribución a cargo de los empleadores con destino al Régimen Nacional de Jubilaciones y Pensiones, respecto de los establecidos en el Art. 11 — Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y sus modificaciones. Dichas disminuciones no modificarán la garantía del Estado nacional en lo referente al financiamiento del régimen nacional de jubilaciones y pensiones.
Qué significa en la práctica
Prevé que durante 1999 se hagan efectivas disminuciones de las contribuciones patronales de seguridad social, según la evolución de la recaudación.