Ley 25.064

Artículo 52Los entes residuales se liquidan en el ámbito del Ministerio de Economía

Texto oficial

Los procesos liquidatorios de los entes residuales de empresas, organismos o sociedades pertenecientes total o parcialmente al Estado Nacional, declarados o que se declaren en estado de liquidación por cualquier causa, se desarrollarán sin excepción en el ámbito del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Qué significa en la práctica

Concentra en el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, sin excepciones, los procesos de liquidación de los entes residuales de empresas, organismos y sociedades del Estado que estén o sean declarados en liquidación. Es una regla de ordenamiento: un solo responsable para todos los procesos liquidatorios. Se incorporó a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto por el artículo 61.

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