Ley 25.064

Artículo 73Fondos al Ferrocarril General Belgrano bajo la Ley de Administración Financiera

Texto oficial

Los fondos que se transfieran a la Empresa Ferrocarril General Belgrano S.A. 91 - Obligaciones a cargo del Tesoro - Programa 95 - Transferencias al Sector Público Empresarial), deberán regirse por las disposiciones de la Administración Financiera (de Administración Financiera y de Sistemas de Control del Sector Público Nacional). Asimismo, los procesos de contratación deberán encuadrarse en lo dispuesto en la Ley de Obras Públicas (de Obras Públicas).

Qué significa en la práctica

Somete los fondos que se transfieran a la Empresa Ferrocarril General Belgrano S.A. a las reglas de la Administración Financiera de Administración Financiera, y sus contrataciones a la Ley de Obras Públicas de Obras Públicas. Evita que la transferencia a una estatal escape a los controles del sector público.

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