Volver al listado

Ley 25.070

VigenteNacional

Denominación «Madre de Ciudades» al Aeropuerto de Santiago del Estero

Sanción:9 de diciembre de 1998Promulgación:12 de enero de 1999BO:15 de enero de 1999Ver fuente oficial
2artículos
denominación de aeropuertosidentidad históricaSantiago del Estero
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley simbólica de denominación de una terminal aérea. Fue promulgada de hecho el 12 de enero de 1999, es decir que el Poder Ejecutivo dejó vencer el plazo del artículo 80 de la Constitución sin firmar ni observar, y la ley quedó promulgada automáticamente. Al haber promulgación de hecho no hubo decreto y, por lo tanto, no pudo existir .

Objetivo

Dar al Aeropuerto de Santiago del Estero un nombre propio que recupere la identidad histórica de la ciudad como «Madre de Ciudades».

Problema que resuelve

La terminal aérea de Santiago del Estero se identificaba solo por el nombre de la ciudad, sin una denominación que reconociera el rol fundacional de Santiago del Estero en la historia del país.

A quiénes alcanza

provincia de Santiago del Esterousuarios del transporte aéreoautoridad aeronáutica
Análisis jurídico

Casos de uso

  • Un vecino de Santiago del Estero quiere saber por qué el aeropuerto lleva ese nombre y desde cuándo
  • Un funcionario provincial necesita la norma que respalda la denominación oficial en la cartelería y la documentación
  • Un investigador de historia local rastrea las normas nacionales que reconocen a Santiago del Estero como «Madre de Ciudades»

Preguntas frecuentes