Las actividades comprendidas en el régimen instituido por la presente ley son: la implantación de bosques, su mantenimiento, el manejo, el riego, la protección y la cosecha de los mismos, incluyendo las actividades de investigación y desarrollo, así como las de industrialización de la madera, cuando el conjunto de todas ellas formen parte de un emprendimiento forestal o forestoindustrial integrado. TITULO II GENERALIDADES
Qué significa en la práctica
Comprende la implantación, mantenimiento, manejo, riego, protección y cosecha de bosques, e industrialización de la madera en emprendimientos integrados.