Ley 25.120

Artículo 1Nueva redacción del artículo 1 de la Ley 24.541

Texto oficial

Modifíquese el Art. 1 — Ley 24.541, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 1º. — Transfiérese, a título gratuito, a favor de la provincia de Salta, el inmueble de propiedad del Estado nacional —ocupado actualmente por el Destacamento Central de Vialidad de la Nación, Zona III de Conservación— ubicado en la ruta 34 (calle San Martín prolongación Norte) en su intersección con la calle Soldado Sanguíneo, del municipio de Rosario de la Frontera, departamento del mismo nombre, provincia de Salta, inscrito en la Dirección General de Inmuebles del Ministerio de Hacienda de la Provincia de Salta, bajo la matrícula 1.165 —cédula parcelaria rural— del departamento de Rosario de la Frontera de la mencionada provincia.

Qué significa en la práctica

Reemplaza el Art. 1 — Ley 24.541 por un texto que describe con precisión el inmueble que la Nación transfiere gratis a la provincia de Salta: el predio donde funciona el Destacamento Central de Vialidad Nacional (Zona III de Conservación), sobre la ruta 34 esquina Soldado Sanguíneo, en Rosario de la Frontera, inscripto bajo la matrícula 1.165. El cambio es de forma pero decisivo: sin esos datos el registro de la propiedad no podía anotar la transferencia.

Normas relacionadas

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