Son funciones y facultades de la : a) Encomendar la realización de los estudios e investigaciones de mercado que considere pertinentes; b) Celebrar audiencias con los presuntos responsables, denunciantes, damnificados, testigos y peritos, recibirles declaración y ordenar careos, para lo cual podrá solicitar el auxilio de la Fuerza Pública; c) Encomendar la realización de las pericias necesarias sobre libros, documentos y demás elementos que resulten conducentes para la investigación; d) Controlar existencias, comprobar orígenes y costos de materias primas u otros bienes; e) Imponer las sanciones establecidas en la presente ley; f) Promover el estudio y la investigación en materia de ; g) Actuar con las dependencias competentes en la negociación de tratados, acuerdos o convenios internacionales en materia de regulación o políticas de y libre concurrencia; h) Organizar el Registro Nacional de la creado por esta ley; i) Promover e instar acciones ante la Justicia, para lo cual designará representante legal a tal efecto; j) Suspender los plazos procesales de la presente ley por resolución fundada; k) Acceder a los lugares objeto de inspección con el consentimiento de los ocupantes o mediante orden judicial la que será solicitada ante el juez competente, quien deberá resolver en el plazo de veinticuatro (24) horas; l) Solicitar al juez competente las medidas que estime pertinentes, las que deberán ser resueltas en el plazo de veinticuatro (24) horas; m) Suscribir convenios con organismos provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la habilitación de oficinas receptoras de denuncias en dichas jurisdicciones; n) Propiciar soluciones consensuadas entre las partes; ñ) Suscribir convenios con asociaciones de usuarios y consumidores para la promoción de la participación de las asociaciones de la comunidad en la defensa de la y la transparencia de los mercados. (Artículo sustituido por Art. 65 — Sistema de Resolución de Conflictos de Consumo (COPREC) B.O. 19/09/2014)
Qué significa en la práctica
Enumera las funciones y facultades de la autoridad de aplicacion.