Ley 25.156

Artículo 41Publicacion de la convocatoria

Texto oficial

La convocatoria a audiencia pública deberá ser publicada en el Boletín Oficial y en dos diarios de circulación nacional con una antelación mínima de diez (10) días. Dicha publicación deberá contener al menos, la información prevista en el artículo 39.

Qué significa en la práctica

La convocatoria a audiencia publica debe publicarse en el Boletin Oficial.

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