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Ley de Defensa de la Competencia
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Art. 60
Ley 25.156
Artículo 60
Reglamentacion
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Texto oficial
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley, en el término de ciento veinte (120) días, computados a partir de su publicación.
Qué significa en la práctica
El Poder Ejecutivo debe reglamentar la ley en el plazo de ciento veinte dias.
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