Ley 25.163

Artículo 4Qué es una Indicación Geográfica

Texto oficial

A efectos de la presente ley, se entiende por Indicación Geográfica (IG): el nombre que identifica un producto originario de una región, una localidad o un área de producción delimitada del territorio nacional no mayor que superficie de una provincia o de una zona interprovincial ya reconocida, la IG sólo se justificará cuando determinada calidad y las características del producto sea atribuible fundamentalmente su origen geográfico. En la definición , entiéndase por: Producto originario: es el producto elaborado y envasado en el área geográfica determinada, empleando uvas provenientes de cepas de Vitis vinífera L, en el caso que éstas hayan sido totalmente producidas, cosechadas y envasadas en la misma. En aquellos casos en los que la elaboración y/o envasado del producto se realice en un área geográfica distinta a aquella en que se produzcan las uvas, el origen del producto se determinará utilizando en forma conjunta el nombre correspondiente al área de producción de las uvas y el nombre del área geográfica que contenga la producción de las uvas y la elaboración y/o envasado del producto. En el caso de exportaciones a granel, los productos conservarán la categoría de su designación. Area geográfica: la definida por límites globales a partir de límites administrativos o históricos. Area de producción: la constituida por un terruño o conjunto de terruños, situados en el interior de un área geográfica, que por la naturaleza de sus suelos y su situación ambiental, son reconocidos aptos para la producción de vinos de alta calidad.

Qué significa en la práctica

Define la Indicación Geográfica: el nombre que identifica un producto originario de una región, localidad o área de producción delimitada, de superficie no mayor a una provincia o zona interprovincial ya reconocida, y solo cuando la calidad y las características del producto se deban fundamentalmente a ese origen. Precisa además qué se entiende por producto originario (elaborado y envasado en el área, con uvas de Vitis vinifera producidas y cosechadas allí), por área geográfica y por área de producción, y resuelve el caso de elaboración o envasado fuera del área de la uva y el de las exportaciones a granel.

Normas relacionadas

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