Ley 25.163

Artículo 9Presentación de la solicitud de IG

Texto oficial

La solicitud para la obtención del reconocimiento y registro de una Indicación Geográfica de los peticionantes previstos en los incisos 2, 3 y 4 del artículo 8º, se presentará a la , acompañada de los informes, antecedentes, estudios y demás requisitos exigidos por la presente ley la que podrá ser elaborada por la misma .

Qué significa en la práctica

La solicitud de reconocimiento y registro de una IG presentada por productores, elaboradores u organizaciones se dirige a la acompañada de los informes, antecedentes, estudios y demás requisitos que la ley exige, documentación que puede elaborar la propia .

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