Si la fuera favorable al recurrente, en caso de ordenar su reincorporación, la administración deberá habilitar una vacante de igual categoría a la que revistaba. Este podrá optar por percibir la prevista en el artículo 11 renunciando al derecho de reincorporación.
Qué significa en la práctica
Si la es favorable y ordena la reincorporación, la administración debe cumplirla.