Ley 25.169

Artículo 14Homologación judicial del contrato

Texto oficial

El asociativo de explotación tambera deberá ser homologado, a petición de cualquiera de las partes, en el tribunal civil que tenga en el domicilio del lugar de celebración del mismo.

Qué significa en la práctica

Cualquiera de las partes puede pedir la homologación del ante el tribunal civil con en el domicilio del lugar donde se celebró.

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