Aquellos funcionarios cuyo acceso a la función pública no sea un resultado directo del sufragio universal, incluirán en la declaración jurada sus antecedentes laborales al solo efecto de facilitar un mejor control respecto de los posibles conflictos de intereses que puedan plantearse.
Qué significa en la práctica
Regula los antecedentes que deben acreditar los funcionarios cuyo acceso no resulta de una eleccion popular.