Ley 25.188

Artículo 20Promocion de la investigacion

Texto oficial

La investigación podrá promoverse por iniciativa de la Comisión, a requerimiento de autoridades superiores del investigado o por denuncia. La reglamentación determinará el procedimiento con el debido resguardo del derecho de defensa. El investigado deberá ser informado del objeto de la investigación y tendrá derecho a ofrecer la prueba que estime pertinente para el ejercicio de su defensa.

Qué significa en la práctica

La investigacion puede promoverse , a requerimiento o por denuncia.

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