Ley 25.189
Un comercio deposita material inflamable junto a un tablero eléctrico en infracción a la ordenanza municipal y se produce un incendio: aun sin intención de provocarlo, hay estrago culposo. Si el fuego dejó atrapada a una persona y la puso en riesgo de morir, el máximo de la pena pasa de un año a cinco.