Ley 25.191

Artículo 9Designación de directores

Texto oficial

Los directores serán designados por las entidades mencionadas en el artículo , quienes nombrarán un igual número en calidad de suplentes. En la primera sesión, elegirán de entre ellos al presidente del RENATRE, cuyo será de un (1) año. La presidencia será ejercida anualmente y en forma alternativa por un representante de la entidad gremial y un representante empresario, correspondiendo el ejercicio de la primera presidencia a uno de los representantes designado a propuesta de la entidad gremial. El de los directores durará cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos. Su retribución será fijada en el respectivo presupuesto.

Qué significa en la práctica

Los directores duran cuatro años; la presidencia se ejerce en forma alternada por el y los empleadores.

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