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Ley 25.226

VigenteNacional

Prórroga del Fondo de Emergencia Social para el conurbano de Rosario y Santa Fe

Sanción:24 de noviembre de 1999Promulgación:27 de diciembre de 1999BO:29 de diciembre de 1999Ver fuente oficial
2artículos
emergencia socialcoparticipación federalasignación específica de impuestosSanta FeRosario
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de dos artículos que extiende en el tiempo un fondo de asistencia social ya existente. La Ley 24.443 había creado el Fondo de Emergencia Social para el conurbano de Rosario y Santa Fe, financiado con una porción de la recaudación de impuestos nacionales coparticipables; la Ley 24.986 lo había modificado. La 25.226 no cambia el diseño del fondo: solamente corre su fecha de vencimiento hasta el 31 de marzo de 2004. Fue promulgada de hecho el 27 de diciembre de 1999, es decir que el Poder Ejecutivo dejó vencer el plazo del artículo 80 de la Constitución sin firmar ni observar la ley. Con posterioridad, la Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal (2000) (artículo 3) y la Presupuesto 2006 (artículo 76) siguieron prorrogando la distribución del producido de los impuestos prevista en la Prórroga del Fondo de Emergencia Social de Santa Fe, de modo que el esquema sobrevivió a la fecha de corte original.

Objetivo

Evitar que caduque el Fondo de Emergencia Social destinado al conurbano de las ciudades de Rosario y Santa Fe, extendiendo su vigencia hasta el 31 de marzo de 2004.

Problema que resuelve

El Fondo de Emergencia Social creado por la Ley 24.443 tenía una vigencia acotada en el tiempo. Al aproximarse su vencimiento, los recursos afectados a programas sociales de esa región dejaban de tener sustento legal y la asignación específica de impuestos caía. La ley resuelve ese vacío corriendo la fecha límite.

A quiénes alcanza

Provincia de Santa Femunicipios del conurbano de Rosario y Santa Febeneficiarios de programas socialesEstado nacional
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado nacional debe continuar afectando y girando la porción de impuestos coparticipables destinada al Fondo de Emergencia Social hasta el 31 de marzo de 2004
  • La provincia de Santa Fe debe aplicar esos fondos al destino previsto en la Ley 24.443, es decir a la emergencia social del conurbano de Rosario y de la ciudad de Santa Fe

Casos de uso

  • Verificar hasta cuándo estuvo vigente la asignación específica creada por la Ley 24.443
  • Reconstruir la cadena de prórrogas de fondos de afectación específica en el régimen de coparticipación
  • Fundar un reclamo provincial por transferencias del Fondo de Emergencia Social entre 1999 y 2004

Preguntas frecuentes

Un solo acto: prorroga hasta el 31 de marzo de 2004 la vigencia de la Ley 24.443, que creó el Fondo de Emergencia Social para el conurbano de las ciudades de Rosario y Santa Fe, y de su modificatoria, la Ley 24.986.