Ley 25.236

Artículo 4Designaciones judiciales del interventor

Texto oficial

Las designaciones que disponga el Interventor Federal en el Poder Judicial serán consideradas en comisión hasta la normalización institucional de la provincia.

Qué significa en la práctica

Las designaciones que el interventor haga en el Poder Judicial provincial son también en comisión, es decir, provisorias, y duran hasta que la provincia normalice sus instituciones y los órganos locales cubran los cargos por el procedimiento constitucional propio.

Normas relacionadas

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