Fíjanse en la suma de CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($ 48.175.599.235) los gastos corrientes y de capital del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio de 2000, con destino a las finalidades que se indican a continuación, y analíticamente en las planillas Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 anexas al presente artículo.
Dispónese un incremento de los créditos autorizados a la 01, Programa 016 y 017, en la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($ 35.000.000) cada uno. El Jefe de Gabinete de Ministros en la oportunidad de la distribución administrativa de la presente ley deberá rebajar los créditos corrientes y/o de capital del inciso 5, financiados con fondos del Tesoro Nacional, para compensar el aumento establecido por el presente artículo.
Qué significa en la práctica
Fija el gasto total de la Administración Nacional para el ejercicio 2000 en 48.175.599.235 pesos, distribuido por finalidades y detallado en las planillas anexas. Además ordena aumentar en 35.000.000 de pesos cada uno los programas 016 y 017 de la 01 (Poder Legislativo), compensando esa suba con una rebaja equivalente de otros créditos del inciso 5 financiados por el Tesoro.