Transmisión del . El derecho del tomador a la transmisión del nace con el ejercicio de la opción de compra y el pago del precio del ejercicio de la opción conforme a lo determinado en el . El se adquiere cumplidos esos requisitos, salvo que la ley exija otros de acuerdo con la naturaleza del bien de que se trate, a cuyo efecto las partes deben otorgar la documentación y efectuar los demás actos necesarios.
Qué significa en la práctica
El derecho del tomador a que se le transmita el nace con el ejercicio de la opción de compra y el pago del precio.