Artículo 2Custodia y restauración a cargo de la Secretaría de Cultura
Texto oficial
El Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Cultura de la Nación, adoptará las medidas necesarias para la custodia, conservación, refacción y restauración de este patrimonio histórico, cultural y arquitectónico.
Qué significa en la práctica
Pone en cabeza del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Cultura de la Nación, el deber de adoptar las medidas necesarias para la custodia, conservación, refacción y restauración del viaducto, reconocido en el texto como patrimonio histórico, cultural y arquitectónico. La ley no crea un fondo específico: el financiamiento depende del presupuesto del área.