Ley 25.272

Artículo 1Ratificación y extensión por diez años de la declaración de utilidad pública

Texto oficial

Ratifícase la declaración de Utilidad Pública establecida por la Ley 23.881, extendiendo sus efectos por el término de diez (10) años a partir de la promulgación de la presente.

Qué significa en la práctica

Único artículo dispositivo. Vuelve a poner en vigor la declaración de utilidad pública que había establecido la Ley 23.881 y le suma diez años más, contados desde la promulgación de esta ley (20 de julio de 2000). Importa entender por qué era necesario: en el régimen de expropiaciones argentino la declaración de utilidad pública tiene fecha de vencimiento. Si el Estado no inicia el juicio expropiatorio dentro de los plazos que fija la Ley de Expropiaciones, se tiene por abandonada la y el bien queda liberado de la afectación. Ratificar la declaración es, en la práctica, reiniciar el reloj.

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