Ley 25.292

Artículo 3Creación de tres Juzgados Nacionales en lo Penal Tributario

Texto oficial

Créanse TRES (3) Juzgados Nacionales en lo Penal Tributario con UNA (1) Secretaría por cada uno de ellos.

Qué significa en la práctica

Este es el núcleo que sí quedó en pie: se crean tres juzgados de primera instancia especializados en delitos tributarios, con una secretaría cada uno. Empezaron a funcionar en la Ciudad de Buenos Aires. En 2015, la Ley 27.097 los transformó en los juzgados nacionales en lo penal económico N° 9, 10 y 11, absorbiendo la tributaria dentro de ese .

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