Artículo 3Creación de tres Juzgados Nacionales en lo Penal Tributario
Texto oficial
Créanse TRES (3) Juzgados Nacionales en lo Penal Tributario con UNA (1) Secretaría por cada uno de ellos.
Qué significa en la práctica
Este es el núcleo que sí quedó en pie: se crean tres juzgados de primera instancia especializados en delitos tributarios, con una secretaría cada uno. Empezaron a funcionar en la Ciudad de Buenos Aires. En 2015, la Ley 27.097 los transformó en los juzgados nacionales en lo penal económico N° 9, 10 y 11, absorbiendo la tributaria dentro de ese .