Ley 25.295

Artículo 9Comunicación de resultados

Texto oficial

Finalizadas las competencias programadas, la federación o asociación deberá comunicar los resultados definitivos a Lotería Nacional Sociedad del Estado. A tal efecto confeccionará un informe detallado en el que consten los resultados de las competencias y demás circunstancias de relevancia de las mismas, que se les requiera para la determinación de aciertos.

Qué significa en la práctica

Terminadas las competencias, la federación o asociación debe informar a Lotería Nacional los resultados definitivos mediante un informe detallado con todas las circunstancias relevantes, que es la base para determinar quiénes acertaron.

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