Artículo 1Aprobación del Convenio antidrogas con Portugal
Texto oficial
Apruébase el CONVENIO SOBRE PREVENCION DEL USO INDEBIDO Y REPERSION DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y DE SUSTANCIAS PSICOTROPICAS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA PORTUGUESA, suscripto en Buenos Aires, el 21 de julio de 1997, que consta de NUEVE (9) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el Convenio sobre Prevención del Uso Indebido y Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y de Sustancias Psicotrópicas con la República Portuguesa, firmado en Buenos Aires el 21 de julio de 1997, de nueve artículos. Los convenios bilaterales de este tipo tienen una estructura común: intercambio de información sobre organizaciones y rutas del narcotráfico, cooperación entre autoridades policiales y aduaneras, control de precursores químicos, y colaboración en prevención del consumo, tratamiento y rehabilitación.